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Pensión Garantizada

Si tu cuenta AFORE no alcanza para financiar una pensión mínima, el Gobierno Federal aporta la diferencia hasta completar la Pensión Garantizada. Esta página explica el mecanismo y sus requisitos propios, y por qué no muestra un monto en pesos.

La Ley del Seguro Social crea una Pensión Garantizada: si los recursos acumulados en tu cuenta individual no alcanzan para contratar una renta vitalicia o unos retiros programados que te aseguren una pensión mínima, el Gobierno Federal aporta la diferencia hasta completarla. No es un beneficio aparte de tu cuenta — es un refuerzo a lo que tu cuenta ya tiene.

Fundamento legal: Ley del Seguro Social, art. 170 (reformado DOF 16-12-2020) — pensión garantizada; Ley del Seguro Social, art. 171; Ley del Seguro Social, Decreto DOF 16-12-2020, artículo Cuarto transitorio — fase de semanas (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)

Sus requisitos son propios, y distintos de los de la pensión de vejez general

El artículo que crea la Pensión Garantizada fija su propia edad y su propio mínimo de semanas cotizadas — no son automáticamente los mismos que viste en la página de edad y semanas. Antes de asumir que calificas, confirma los requisitos específicos de la Pensión Garantizada directamente con el IMSS.

Lo que esta página no puede decirte: el monto

La propia ley remite el monto de la Pensión Garantizada a una tabla —dice, en el mismo artículo, que "se calculará conforme a la tabla prevista en este artículo"—, pero esa tabla no está disponible en la fuente que se consultó para construir esta sección. No es que la ley no fije un monto: es que la tabla que lo fija no se pudo leer desde aquí. Por eso esta página no muestra ninguna cifra en pesos para la Pensión Garantizada — hacerlo habría significado inventar un número que la ley sí tiene, pero que esta página no pudo confirmar. Para el monto exacto, consulta al IMSS o a tu AFORE.

Fundamento legal: Ley del Seguro Social, art. 170 (reformado DOF 16-12-2020) — pensión garantizada; Ley del Seguro Social, art. 171; Ley del Seguro Social, Decreto DOF 16-12-2020, artículo Cuarto transitorio — fase de semanas (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)

Se actualiza cada febrero

La propia ley establece que, una vez fijado, el monto de la Pensión Garantizada se actualiza cada febrero según el Índice Nacional de Precios al Consumidor, para conservar su poder adquisitivo.