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Pensión en México

Desde 1997, la pensión del IMSS se construye en una cuenta individual administrada por tu AFORE, no en una fórmula sobre tu sueldo. Esta sección explica cómo se financia esa cuenta, qué edad y semanas cotizadas exige la ley, y qué es la Pensión Garantizada — y por qué ninguna página de este sitio puede calcular tu monto final.

Una cuenta que es tuya desde el primer día

Desde la reforma de 1997, la pensión del Seguro Social se construye en una cuenta individual a tu nombre, administrada por una AFORE. Cada quincena entran a esa cuenta las cuotas obrero-patronales del ramo de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), y el saldo crece —o no— según lo que rinda la SIEFORE en que esté invertido. No hay una fórmula legal que convierta tu sueldo en una pensión: hay una cuenta, y lo que esa cuenta acumule.

Fundamento legal: Ley del Seguro Social, art. 168 (reformado DOF 16-12-2020) — cuotas RCV; Ley del Seguro Social, Decreto DOF 16-12-2020, artículo Segundo transitorio — fase de cuota patronal (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)

Si cotizaste antes de julio de 1997, esto puede no aplicarte

Quien estaba asegurado antes del 1 de julio de 1997 puede, al pensionarse, elegir la pensión de la ley anterior ("Ley 73") en vez de la de su cuenta AFORE, si esa opción le resulta más conveniente. Esta sección no describe la Ley 73 — consulta directamente al IMSS si cotizaste antes de esa fecha.

Cuándo se puede pensionar

La edad de vejez es 65 años, junto con un mínimo de semanas cotizadas. Revisa el detalle de esta regla.

Fundamento legal: Ley del Seguro Social, art. 162 (reformado DOF 16-12-2020) — vejez (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)

La Pensión Garantizada

Si tu cuenta no alcanza para financiar una pensión mínima, el Gobierno Federal aporta la diferencia hasta completar la Pensión Garantizada. Revisa la página de la Pensión Garantizada para ver sus requisitos y por qué esta página no puede mostrar el monto en pesos.

Cómo se cobra, y por qué ninguna página puede calcularlo

Al pensionarte, el saldo de tu cuenta se convierte en pensión de una de dos formas: una renta vitalicia que contratas con una aseguradora, o retiros programados que administra tu propia AFORE. Ninguna de las dos tiene una tasa que esta página pueda aplicar a tu saldo — la aseguradora fija su propio precio, y el cálculo de los retiros programados depende de una tabla de esperanza de vida y de un factor de rendimientos previsibles que fija la CONSAR, no la Ley del Seguro Social. Por eso esta sección no ofrece un simulador.